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    ¿Quiénes podrían pagar menos impuesto a la renta en el 2023?

    diciembre 30, 20224 Lectura de minutos
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    La nueva tabla para el pago del impuesto a la renta —cada año se ajusta por norma legal y de acuerdo a la inflación— implica que algunos contribuyentes pagarán menos. El Servicio de Rentas Internas (SRI) indicó que, al subir la base exenta, aumenta la base libre de impuestos. La fracción básica exenta pasa de $ 11.310 en el 2022 a $ 11.772 en el 2023.

    Hasta el 2021 estuvo vigente otro mecanismo: quienes ganaban $ 2.304 no debían pagar impuesto a la renta si aplicaban al máximo todas las deducciones que entonces regían para los gastos personales; si llegaban a $ 2.305 de sueldo mensual, se pagaba $ 0,21 por ese año. En el 2022, con ese mismo sueldo, con la aplicación de la nueva ley tributaria y aprovechando al máximo la rebaja de gastos personales —que reemplazaron a las deducciones—, ese trabajador pasó a pagar $ 929,02 de impuesto a la renta. Y en este 2023 pagaría $ 845,42. Así lo explica Pablo Guevara Rodríguez, socio de Andersen en Ecuador.

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    Cita otros ejemplos considerando los sueldos mensuales y si se usa al máximo la rebaja: quienes tienen un sueldo de $ 1.691 pasarían de un impuesto de $ 25,93 en el 2022 a $ 0 en 2023. Con un sueldo de $ 1.752 el pago se reduciría de $ 105,47 a $ 45,75. O si gana $ 2.000 bajaría de $ 431,90 a $ 369,12. En todos los cálculos de estos casos considera una canasta básica familiar vigente a noviembre 2022 de $ 761,14 y el uso de la máxima deducción de gastos personales por el 2021 y uso de la máxima rebaja de gastos personales por los años 2022 y 2023.

    Sueldo mensual Impuesto 2021 Impuesto 2022 Impuesto 2023
    1.690 – – –
    1.691 – 25,93 –
    1.751 – 104,17 –
    1.752 – 105,47 45,75
    2.000 – 431,90 369,12
    2.304 – 927,39 843,79
    2.305 0,21 929,02 845,42
    2.500 68,87 1.246,85 1.163,25
    3.000 531,21 2.109,80 1.978,20
    3.758 1.663,52 3.757,09 3.616,49
    3.879 1.860,74 4.046,41 3.879,44
    4.000 2.057,96 4.375,10 4.158,45
    5.000 3.687,86 7.226,60 6.915,60
    6.251 6.250,75 11.619,28 11.195,78
    8.000 10.453,85 18.270,90 17.847,40
    12.000 22.900,94 34.091,14 33.594,96

    El cambio de la fracción básica desgravada de $ 11.310 a $ 11.722 también ajusta el tramo y rebaja de gastos personales.

    La fracción básica se toma en cuenta para determinar si el contribuyente puede aplicar el 10 % o el 20 % de rebaja. Si los ingresos brutos del contribuyente (todas las remuneraciones, incluidos décimos, fondos de reserva) no superan el equivalente a 2,13 fracciones básicas —en este caso, $ 24.967,86—, podrá descontar del impuesto el 20 % de los gastos personales; y, si excede ese valor, solo podrá aplicar el 10 % de dichos gastos.

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    Pero ese descuento tiene un límite, que es el valor equivalente a siete canastas básicas determinadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). A noviembre del 2022, esa canasta se ubica en $ 761,14, que multiplicado por siete da como tope $ 5.327,98 (frente al anterior, que bordeaba los $ 5.007). Es decir, la rebaja que se podrá aplicar en el 2023 sería de unos $ 532 por el 10 % y hasta de $ 1.065 por el 20 %.

    Para esas rebajas se aplica el menor de entre los dos valores: siete veces la canasta básica o el monto soportado en facturas.

    Hasta el 2021, los gastos personales eran descontados de la base imponible del impuesto a la renta, lo que hacía que la base disminuyera y, por eso, salía un impuesto a la renta menor. Pero a partir del 2022, los gastos personales son una rebaja al impuesto a la renta por pagar: es un crédito tributario de entre $ 500 y $ 1.000, explica Guevara, quien precisa que la nueva tabla es una actualización que se hace todos los años. Él considera que es importante que se entienda que ese valor no lo fija el Gobierno; no es que decide subir o bajar la fracción básica, sino que obedece a una norma legal. (I)

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