El Tribunal Contencioso concluyó que Rodríguez adecuó su conducta a la «infracción electoral muy grave» sancionada por el Código de la Democracia. La causa fue archivada.
El pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó hoy, 19 de septiembre de 2023, un recurso de apelación interpuesto por el abogado Jhon Erik Rodríguez Mindiola, y ratificó el contenido de la sentencia del 24 de agosto con la cual lo destituyó del cargo de Juez de la Unidad Multicompetente del Cantón San Jacinto de Yaguachi (Guayas).
Los jueces concluyeron que Rodríguez Mindiola adecuó su conducta a la «infracción electoral muy grave» tipificada y sancionada en el numeral 7 del artículo 279 del Código de la Democracia.
Sobre esta base, en su fallo del 24 de agosto, el Tribunal Contencioso le suspendió sus derechos de participación por cuatro años y le impuso una multa de $31.500.
Finalmente el Juez de Yaguachi que restituyó los derechos de participación a Jorge Glas ha sido sancionado y esta sanción es de última instancia.
Por el bien del país hemos conseguido que la Justicia brille… pic.twitter.com/CaueI3opAe
— Néstor Marroquín (@nmcresearch) September 19, 2023
Como medida de reparación dispuso que el Consejo de la Judicatura publique la sentencia en su página web institucional y la difunda entre los juzgadores que conocen y resuelven garantías jurisdiccionales a escala nacional.
Una vez ejecutoriada la sentencia, la causa será archivada, y su contenido será oficiado al Consejo de la Judicatura, al Consejo Nacional Electoral, al ministerio de Trabajo y demás organismos o autoridades competentes para el “estricto e inmediato cumplimiento de lo dispuesto”, dice el texto de la sentencia.
Jhon Rodríguez restituyó a Jorge Glas, exvicepresidente de la República, sus derechos políticos el 9 de junio de 2023, y un día después, el abogado Néstor Marroquín lo denunció en el Tribunal Contencioso por presunta infracción electoral “muy grave”.
En su demanda presentada al TCE, Néstor Marroquín sostuvo que Jhon Rodríguez, “interfirió” en la Función Electoral cuando ordenó al CNE que se le restituya a Glas sus derechos de participación.
Esta interferencia está sancionada con el artículo 279 del Código de la Democracia. (SC)
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