La sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) es susceptible de recurso horizontal de aclaración y ampliación.
El pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó el recurso contencioso electoral planteado por Marcela Aguiñaga, presidenta del movimiento Revolución Ciudadana en contra de la candidatura a la presidencia de la República de Xavier Hervas auspiciado por el Movimiento Renovación Total (RETO) Lista 33.
Según la sentencia que se hizo pública hoy, 6 de julio de 2023, la recurrente no presentó prueba documental necesaria que solvente su denuncia en torno a que Hervas tiene bienes en paraísos fiscales. En este caso dicha sentencia es susceptible de recurso horizontal de aclaración y ampliación.
????ATENCIÓN| La razón no admite fuerza. La sentencia del @TCE_Ecuador demuestra que tenemos la razón. Siempre les resultamos incómodos. ???????? pic.twitter.com/YsLZPzGCgB
— Xavier Hervas (@xhervas) July 7, 2023
El 24 de junio de 2023, el TCE recibió un recurso subjetivo contencioso con el que, el correismo apelaba la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que el 19 de junio de 2023 resolvió calificar la postulación Xavier Hervas-Luz Marina Vega y negar el recurso de objeción planteado por Marcela Aguiñaga “porque no se ha demostrado que tenga bienes en países considerados como paraísos fiscales”.
El correismo buscaba que el CNE niegue la inscripción de este binomio presidencial con el argumento de que un candidato que se postula a una dignidad de elección popular está prohibido por el Código de la Democracia poseer bienes en “paraísos fiscales”.
Sin embargo, en la resolución del pleno del CNE que devino de un informe técnico-jurídico, también se señaló que no se ha demostrado que tenga bienes en paraísos fiscales. (SC)
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